EL JURAMENTO ESTIMATORIO Y LA CUANTÍA DEL PROCESO

Con la entrada en vigencia del Código General del Proceso, se consolidó en el artículo 206, el juramento estimatorio como mecanismo de tasación razonada de perjuicios en los procesos donde se pretenda la indemnización, compensación o el pago de frutos o mejoras. Es imperativo al momento de realizar el juramento estimatorio, lo siguiente:

  1. Discriminar cada unos de los rubros solicitados, como por ejemplo, en cuanto a los daños patrimoniales es importante justificar con pruebas el daño emergente y el lucro cesante, en todas sus modalidades.
  2. Estimar razonada y objetivamente las pretensiones, a fin de evitar que en el litigio se condene a sumas inferiores que excedan el 50% de las pretensiones iniciales, so pena de ser acreedor de una sanción del 10% de la diferencia.
  3. En consonancia de lo anterior, el juez no podrá condenar a sumas superiores, salvo que existan daños posteriores a la radicación de la demanda.
  4. Más importante y no se puede caer en este error de tener en cuenta los daños extrapatrimoniales, como por ejemplo, el daño moral, daño a la salud, daño a la vida en relación, entre otros.

Sin embargo, no se puede confundir, entre el juramente estimatorio de la demanda y la cuantía del proceso, ya que la segunda busca establecer la competencia del juez, y es en este acápite de la demanda, donde si se tienen en cuenta tanto los daños patrimoniales como los extrapatrimoniales, los cuales deben estar acorde con la jurisprudencia que en la materia apliquen.

En suma, tenemos que para el juramento estimatorio tenemos en cuenta para su calculo los daños patrimoniales y para establecer la cuantía del proceso tenemos en cuenta, además, los daños extrapatrimoniales debidamente justificados. De manera que, incurrir en inexactitudes en el juramento estimatorio tiene sanciones económicas dentro del proceso, sin embargo, el hecho de calcular mal la cuantía del proceso, podría generar que el juez de conocimiento rechace la demanda y remita al juez competente, sea de mayor o menor jerarquía.

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