EL TRASLADO DE RÉGIMEN PENSIONAL

A menudo escuchamos de alguien que ha sido “víctima” del auge que tuvo entre los años 1.994 y 2.000 los fondos de pensiones privados, cuando ofrecieron de forma desmesurada y fantasiosa beneficios económicos a los trabajadores que en su momento devengaban un salario básico. El deber de información que estaba en cabeza de estos fondos fue omitido en su momento, lo que originó que muchos cotizantes asimilaran el traslado como una solución económica a sus proyectos de vida, una vez cumplieran los requisitos por ellos exigidos. Esta forma de vender sus servicios fue acosta de no brindar una asesoría completa donde el afiliado conociera de las ventajas y desventajas que tenía al trasladarse de régimen, razón por la cual hubo una alta demanda de traslados cuyas consecuencias se están viendo hoy en día. Por ello, lo más factible es solicitar la nulidad de aquellos traslados ante un Juez Laboral quien será el encargado de ordenar a Colpensiones admitir en este régimen al afiliado cotizante. Muchos casos han sido exitosos, por eso los invitamos a que no pierdan la oportunidad de tener una merecida pensión, luego de incansables años de trabajo.

RUBIO LÓPEZ ABOGADOS estamos a su entera disposición para asesorarlos y representarlos en los procesos de nulidad de traslado de un fondo de pensiones privado a Colpensiones.

Por Felipe Rubio López, Director Jurídico Rubio López Abogados

 
Facebook
Twitter
LinkedIn